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* Pretende derogar infracciones establecidas en Bandos Municipales ya que sancionan como conductas administrativas delitos contenidos en el Código Penal estatal

La Codhem emitió el pasado 8 de enero la Recomendación General 01/2016 sobre la armonización de los Bandos Municipales a los 125 municipios, y solicitó de manera respetuosa y formal que no contemplaran como infracciones administrativas conductas tipificadas como delitos. Foto Codhem
Redacción | martes 22 de marzo de 2016

TOLUCA, Méx. La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (Codhem) presentó siete demandas de acción de inconstitucionalidad contra igual número de ayuntamientos, ante la Sala Constitucional del Tribunal Superior de Justicia, luego de considerar que sus Bandos Municipales sancionan como conductas administrativas, delitos contenidos en el Código Penal estatal.

Después de que la Codhem emitió el pasado 8 de enero la Recomendación General 01/2016 sobre la armonización de los Bandos Municipales a los 125 municipios, solicitó de manera respetuosa y formal que no contemplaran como infracciones administrativas conductas tipificadas como delitos.

El director Jurídico y Consultivo de la Codhem, Jesús Gabriel Flores Tapia, explicó que la acción de inconstitucionalidad tiene por objeto que los magistrados analicen las infracciones de los Bandos Municipales de Coyotepec, Ixtapan de la Sal, Tepotzotlán, Temamatla, Tonatico, Nezahualcóyotl y Zinacantepec, y si se confirma que son delitos, tendrán que ser derogadas o modificadas.

Para tal efecto, el personal a su cargo analizó 125 documentos y encontró infracciones en identidad con delitos como ultrajes, uso indebido de los servicios de emergencia, contra el patrimonio, contra el pleno desarrollo de la persona, trata de personas y quebrantamiento de sellos.

Flores Tapia señaló como una grave inconsistencia, que aún cuando la constitución estatal establece sanciones máximas de 50 días multa a infracciones administrativas, algunos Bandos Municipales las tasan desde mil hasta 5 mil días multa; otra sanción que violenta la constitución federal, la estatal y la Ley Orgánica Municipal es la reparación del daño como parte de la pena, pues la normatividad marca sólo arresto, multa y trabajo a favor de la comunidad, no la reparación.

De mantenerse dichas infracciones, dijo el director de la Unidad Jurídica y Consultiva, los servidores públicos municipales que apliquen dichas sanciones, incurrirían en abuso de autoridad, privación de la libertad y responsabilidad administrativa.

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