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* Su iniciativa para funcionarios locales fue promovida desde 2016; la Cámara federal ya desapareció la figura

El diputado Javier Salinas convocó a la Junta de Coordinación Política y a los grupos parlamentarios a turnar las propuestas en la materia a sus respectivas comisiones para que sean dictaminadas. Foto: Especial.

Red-Accion | Toluca, Méx., jueves 26 de abril de 2018

El diputado Javier Salinas exhortó a la Legislatura mexiquense a avalar la desaparición del fuero para funcionarios locales, después de que la iniciativa fue promovida desde hace casi tres años y la Cámara federal ya aprobó la eliminación de esta figura.

En sesión plenaria, el legislador convocó a la Junta de Coordinación Política y a los grupos parlamentarios a turnar las propuestas en la materia (pues además han sido promovidas otras más en el mismo sentido) a las comisiones para que sean dictaminadas, aprovechando la coincidencia de varios grupos parlamentarios.

“El esfuerzo se hizo ya en la Cámara Federal, el dictamen fue turnado al Senado y seguramente vendrá a las Legislaturas locales, pero es importante que en el Estado pueda homologarse y aprobarse esta iniciativa tan importante”, consideró.

La propuesta para derogar el fuero constitucional fue la primera iniciativa promovida en 2016 por el legislador Salinas Narváez. Foto: Archivo.

También demandó al gobernador Alfredo del Mazo y a los presidentes estatales de los partidos políticos pronunciarse ante la opinión pública en torno a tan sustantivo tema, importante y necesario para la vida democrática del país y la entidad.

La propuesta para derogar el fuero constitucional fue la primera iniciativa promovida en 2016 por Salinas Narváez, quien desde entonces consideraba que esta figura impide que los funcionarios y representantes de primer nivel sean procesados penalmente por delitos cometidos durante y al amparo del ejercicio de su encargo.

“La inviolabilidad constitucional se ha convertido en un escudo protector para políticos, ex gobernadores, ex secretarios de Estado, ex ministros, que buscan convertirse en legisladores para evitar ser procesados por diversos delitos cometidos durante anteriores encargos y en el ejercicio del mismo”, destacó entonces.

Su propuesta plantea que el artículo 136 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México disponga: “no habrá fuero ni inmunidad de ninguna clase para ningún servidor público”.

El 131, también de la Carta Magna de la entidad, propone que “El Gobernador, los diputados de la Legislatura del Estado, los magistrados y los integrantes del Consejo de la Judicatura del Tribunal Superior de Justicia, los magistrados del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, los titulares de las dependencias del Poder Ejecutivo y el Fiscal General, y los integrantes de los órganos superiores de los organismos a los que la Constitución otorga autonomía, son responsables de los delitos que cometan durante su encargo en el ejercicio de sus funciones”.

El congresista demandó al gobernador Alfredo del Mazo y a los presidentes estatales de los partidos políticos pronunciarse ante la opinión pública en torno al tema del fuero. Foto: Archivo.

En tanto, el 132 Constitucional determinaría: “Los servidores públicos sujetos a procedimiento penal deberán enfrentar éste en libertad o bajo reclusión, según dispongan los códigos respectivos y, si con motivo de tales procedimientos resultan impedidos para prestar el servicio público para el cual fueron electos o designados, deberán entrar en funciones sus suplentes, si fuera el caso, o bien los mecanismos de suplencia, remoción y sustitución en términos del procedimiento que al efecto determine la ley respectiva”.

Y el 42, segundo párrafo, establecerá que “los presidentes de la Legislatura y de la Diputación Permanente velarán por la inviolabilidad del recinto donde se reúnan a sesionar” –ya no además por el fuero de los diputados.

También se propone modificar la Fracción III del artículo 1º de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios para que estos servidores públicos sean sujetos a responsabilidades y sanciones de naturaleza administrativa, disciplinarias y resarcitorias; y derogar la Fracción V de la misma disposición, y los artículos 5 al 40.



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