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* Tribunal consideró que registró como aspirantes a mujeres en distritos donde no ha tenido buenos resultados lo que dificulta su acceso al Congreso local

Magistrados le otorgan al PAN 48 horas para su nueva conformación y le ordena al IEEM deje sin efecto el registro de los 45 candidatos a diputados locales. Foto: TEPJF
Redacción | sábado 9 de mayo de 2015

Toluca, Méx., 8 de mayo de 2015.- La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, resolvió por unanimidad de votos dejar sin efectos la designación de candidatos a diputados por el principio de mayoría del Partido Acción Nacional (PAN) y le ordenó llevar a cabo una nueva postulación de candidatos respetando el principio de paridad de género en su aspecto material establecido en la ley.

De esta forma, los magistrados le otorgan para su nueva composición 48 horas a partir de la notificación y le ordena al Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) deje sin efecto el registro de los 45 candidatos a diputados locales mismos que deberán suspender sus campañas políticas hasta nuevo aviso.

Como sucedió con el PRD a principios de semana, los magistrados de la Sala Regional del Tribunal Electoral consideraron que el PAN registró como candidatas a mujeres en distritos donde históricamente no ha tenido buenos resultados y esto dificulta el acceso de este género al Congreso local.

Para los magistrados, pese a que el PAN cumplió con la cuota de postular en la mitad de los distritos a mujeres, el partido no cumplió los criterios que se establecen en el artículo 3, párrafos 4 y 5 de la Ley General de Partidos en lo relativo a la paridad de género.

Este artículo en su párrafo 4 señala que “cada partido determinará y hará públicos los criterios para garantizar la paridad de género en las candidaturas a legisladores y estos deberán ser objetivos y asegurar condiciones de igualdad entre géneros”.

El quinto advierte: “En ningún caso se determinarán criterios que tengan como resultado que alguno de los géneros le sean asignados exclusivamente aquellos distritos en el que el partido haya obtenido los porcentajes de votación más bajos en el proceso electoral anterior”.

En este sentido, manifestaron que tal y como el PAN registró sus candidaturas ante el Instituto Electoral del Estado de México se están vulnerando estos principios, pues en términos estrictos no se cumple con la paridad de género en sus aspectos material y sustantivo.

Incluso, el presidente de la Sala Regional del Tribunal Electoral, Juan Carlos Silva, llegó a sugerir en su intervención que el cumplimiento de la ley de forma genérica como lo han hecho los partidos, pudiera considerarse una simulación en el cumplimiento de la paridad de género.

La mayor parte de las candidaturas a las diputaciones por la vía de mayoría en el PAN fueron producto de una designación directa de la dirigencia quien reservó distritos para mujeres sólo para cumplir con la cuota de género.

A partir de este sábado, los candidatos panistas a la diputación local no podrán hacer campaña, sino hasta que el partido haga las sustituciones necesarias para postular a mujeres en distritos de alta competencia o con alta votación panista, y el Instituto Electoral del Estado de México, apruebe su registro.

Fuente: Plana Mayor, Lector24

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