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“México transitará a un pleno Estado de Derecho cuando nadie esté por encima de la Constitución, pero tampoco por debajo de ella.”

Senador Javier Corral Jurado

Domingo 31 de mayo de 2015

El pasado 27 de mayo se promulgó por el Presidente de la República la reforma constitucional que crea el sistema nacional anticorrupción. En Palacio Nacional se reunió al séquito que sí acostumbra aplaudirle a Peña Nieto y flanquearlo en esos boatos de promoción personal y caravanas con sombrero ajeno, en que el Ejecutivo ha convertido el trámite de enviar a publicación las leyes y reformas que hace el Congreso. Sin resultados a la vista en ninguno de los objetivos que ofertó hace tres años, el Presidente sigue viviendo mediáticamente del trabajo de los legisladores.

Ahí volvió al único manejo excepcional que el Presidente ha demostrado en la primera mitad de su mandato, el manejo del telepromter. Esa pretensión de engaño visual que se produce cuando parece que el Presidente habla espontáneamente, articuladamente sin leer, aunque está leyendo en dos pantallitas de vidrio que tiene al frente, como si fueran atriles. Todos sabemos lo que pasa cuando el Presidente se sale de ese guión; le cambia hasta los nombres a las entidades federativas.

Pero si ese manejo produce una sensación de inautenticidad, el contenido de su discurso en el acto promulgatorio provoca una repulsa sobre la demagogia que lo traza. Necesitado de encontrar una fórmula que le permita expresarse en el tema de la corrupción, Peña Nieto ha echado mano de imprecisiones, exageraciones, distorsiones y francas mentiras al describir la reforma en materia de combate a la corrupción. Tiene tal necesidad de legitimarse en el tema, por los escándalos que lo enlodan, que magnifica un hecho legislativo constitucional que ni iniciativa de ley secundaria tiene – si bien nos va eso sucederá dentro de un año -, y que por la experiencia de las demás reformas constitucionales, él y su partido pretenderán reducir o burlar en la legislación reglamentaria como lo hizo en Telecomunicaciones, Educación y Transparencia. Porque hasta en las reformas estructurales que Peña Nieto presume como obra política de su impulso personal, ha actuado de manera desleal a los objetivos constitucionalmente planteados. Los que desde el PAN lo apoyan, lo justifican diciendo que el Presidente no es que traicione sus reformas, sino que no las entiende del todo y otros se aprovechan de ello.

Primero hay que advertir del esfuerzo de engatusamiento que el Presidente quiso hacer con el tema de la larga lucha que en México hemos llevado a cabo contra el fraude electoral. Filón interesante de su discurso, pero no exento de medias verdades,  Peña Nieto reconoció la desconfianza ciudadana en la nueva legislación contra la corrupción y la voluntad de las autoridades para concretarla;  para tratar de desmontar la incredulidad ciudadana, recordó que: “Hace apenas unas décadas, gran parte de la sociedad mexicana dudaba que en nuestro país pudieran celebrarse auténticas elecciones libres y democráticas, en las que se respetara la voluntad ciudadana. En aquel entonces, se veía muy remota la posibilidad de que México pudiera contar con instituciones electorales autónomas, que aseguraran la certeza, legalidad, independencia e imparcialidad de los comicios. En ese tiempo, incluso algunos llegaban a pensar o hacían impensable una alternancia en la Presidencia de la República. Sin embargo, gracias a una sociedad más participativa, gracias a las instituciones que entre todos hemos construido, y gracias a una creciente cultura democrática, hoy nuestra Nación ha demostrado que esas creencias del pasado eran falsas. En el México de la actualidad, hay elecciones libres, tenemos instituciones electorales fuertes e independientes; y la alternancia, en todos los órdenes de Gobierno ya es parte de nuestra normalidad democrática”.

Llama la atención el reconocimiento explícito de la inexistencia de elecciones libres en México por parte del Presidente Peña Nieto, miembro distinguido y ahora de nuevo jefe nato del partido que simbolizó la más baja, cínica y abusiva hampa electoral durante casi setenta años. Y resulta paradójico esa remembranza cuando en el momento actual observamos de nueva cuenta un debilitamiento de las instituciones electorales, controladas en sus principales decisiones por el gobierno y su partido, de las que la conducta impune del Partido Verde y el puñetazo a Marcelo Ebrard, son dos ejemplos más que ilustrativos de  la reinstalación de la consigna.

Pero los principales enredos los trae el Presidente con relación a la reforma. Las modificaciones constitucionales promulgadas son esencialmente de carácter administrativo, y no penal; mucho menos ponen un hasta aquí al tema de la impunidad, pues tanto el Presidente como su partido resistieron hasta el final  la eliminación de los fueros que brindan protección e irresponsabilidad tanto al titular del Ejecutivo federal, como a los secretarios de Estado, legisladores federales, legisladores locales y Gobernadores.

En una mezcla de conceptos jurídicos equivocados y frases para la propaganda oficial, el Presidente dijo que la reforma “es un auténtico cambio de paradigma, para combatir con mayor eficacia el cohecho, la extorsión o el tráfico de influencias, entre otros actos indebidos. En pocas palabras, es una reforma contra la impunidad”. Esta afirmación es engañosa, ya que estas figuras delictivas ya se encuentras en el Código Penal Federal (cohecho artículo 222; extorsión artículo 390; tráfico de influencias artículo 221). La impunidad es la inacción de las autoridades que toleran las faltas a la ley o no las castigan por una falta de exhaustividad en su trabajo; la impunidad es precisamente dejar de aplicar la sanción penal, administrativo o civil que corresponda ante la falta de la ley.

En México la existencia de los delitos mencionados por el presidente ya se encuentran contemplados en el Código Penal Federal y su comisión es por los servidores públicos o los particulares, es decir, se ha establecido en la Constitución algo que las leyes ya contemplan, pero que no se aplica por los altos niveles de impunidad que existen. Exactamente lo que el Presidente no ha hecho, y no podrá hacer, porque es el gran implicado de cada uno de esos supuestos. Y de ahí la debilidad estructural de ésta reforma: ¿Cómo podría el Presidente de la República aplicarle la ley, por ejemplo, al vulgar ladrón del gobernador de Chihuahua, si el primero que debe una explicación verdadera sobre la Casa Blanca, es él mismo?

En el discurso el Presidente dice que la reforma se “establecen las bases constitucionales para que los servidores públicos y los particulares que incurran en actos de corrupción, sean sancionados y obligados a resarcir el daño patrimonial causado”, pero esto dependerá de los términos de la legislación penal aplicables. Las leyes determinarán los casos y las circunstancias en los que se deba sancionar penalmente por causa de enriquecimiento ilícito a los servidores públicos que durante el tiempo de su encargo, o por motivos del mismo, por sí o por interpósita persona, aumenten su patrimonio, adquieran bienes o se conduzcan como dueños sobre ellos, cuya procedencia lícita no pudiesen justificar. Las leyes penales sancionarán con el decomiso y con la privación de la propiedad de dichos bienes, además de las otras penas que correspondan.

Es decir, que aún falta las modificaciones a los Códigos Penales de federal, de las entidades federativas y del Distrito Federal para que pueda implementarse las modificaciones constitucionales, ya que solo se puede imponer penas que estén decretadas por una ley exactamente aplicable al delito de que se trata, quedando prohibido imponer sanciones por simple analogía o por mayoría de razón de conformidad con el artículo 14 constitucional.

Dijo también el Presidente Peña Nieto: “Como Presidente de la República, estoy firmemente comprometido con el combate frontal a la corrupción y con el fortalecimiento de la legalidad, la transparencia y la rendición de cuentas”. No habían pasado 24 horas del acto promulgatorio, cuando de nueva cuenta quedó exhibida la contradicción entre las palabras y sus hechos. La agencia internacional de información Reuters difundió el pasado 28 de mayo la investigación de uno de sus reporteros más acuciosos, Simon Gardner, en la que dio a conocer que Peña Nieto había proporcionado información incorrecta en su declaración patrimonial. De acuerdo con lo declarado oficialmente por primera vez – hace dos años -, Peña Nieto reportó que recibió una propiedad a través de una “donación”, o un obsequio, de su padre. Así lo supimos cuando, en aras supuestamente de impulsar la transparencia, el Presidente la hizo pública en el 2013, aunque omitió información específica de la mayoría de sus bienes, en el que la mayoría resultaron “donados”.

Pero a través de una solicitud de información pública, Reuters accedió a documentos que mostraron que Peña Nieto en realidad compró la propiedad en cuestión -un terreno de 1,000 metros cuadrados en el pueblo de Valle de Bravo- en 1988 de manos de un tercero. La agencia no pudo determinar por qué Peña Nieto presentó la compra como una donación y declaró incluso un precio menor.

Esta falta de consistencia y honestidad en el manejo de su patrimonio personal, es la debilidad mayor que tiene el nuevo sistema nacional anticorrupción. El que debiera ser ejemplo y referente de un sistema de rendición de cuentas y transparencia, ha falsificado el origen de una de sus propiedades. Porque en el fondo es difícil creer que se trata de un error en el que se asentó información incorrecta.
Otra lamentable distorsión sostenida por Peña Nieto en su mensaje: “Se fortalecen y amplían las facultades de fiscalización de la Auditoría Superior de la Federación. Con el fin de investigar y sancionar con más eficacia los actos irregulares, esta autoridad podrá realizar auditorías en tiempo real; es decir, aún cuando el ejercicio fiscal esté en curso y no sólo eso, además podrá efectuar revisiones a periodos fiscales anteriores”, no es del todo cierto, ya que la reforma constitucional establece que esas auditorias podrán realizarse antes de la conclusión del ejercicio respecto de proceso concluidos (cuarto párrafo del artículo 79 constitucional), y cuando en las situaciones que determine la Ley, derivado de denuncias, la Auditoría Superior de la Federación, previa autorización de su Titular, podrá revisar durante el ejercicio fiscal en curso a las entidades fiscalizadas, así como respecto de ejercicios anteriores. Las entidades fiscalizadas proporcionarán la información que se solicite para la revisión, en los plazos y términos señalados por la Ley y, en caso de incumplimiento, serán aplicables las sanciones previstas en la misma, (quinto párrafo, de la fracción I, del artículo 79 constitucional), es decir, tendremos que esperar a las reformas legales para saber el nivel de compromiso que existen en el gobierno para auditar de forma simultánea el ejercicio del gasto público.

Con respecto al Tribunal Federal de Justicia Administrativa, tampoco es cierto que se trate de una nueva institución; es el actual Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa, el cual ya es un órgano con plena autonomía, por lo que las afirmaciones del presidente son exageradas, si bien se le dota la atribución de sancionar a particulares, eso no significa que las acusaciones vayan a prosperar en caso de que las mismas no sea integradas con el rigor y la pulcritud jurídica que se exige en los tribunales.
Y luego se echó otra engañabobos: “Y algo muy importante: se amplía a nivel constitucional de tres a siete años la prescripción de faltas administrativas graves, dotando a la justicia de un alcance transexenal”, realmente se establecerá en las leyes secundarias, además la reforma constitucional señala que la prescripción no será menor siete años, no es que se amplié de 3 a siete años. (Artículo 114, tercer párrafo constitucional).

México atraviesa por una crisis de impunidad y cinismo por parte de los funcionarios más relevantes en la vida política nacional, que permea a los niveles más cotidianos de la sociedad, en ese sentido, escuchar al presidente de la República señalar su compromiso de combatir la corrupción cuando en su ámbito personal no es sincero sobre su patrimonio, el cual se encuentra obligado a declarar, es una señal desesperanzadora. Más cuando en el Senado conocimos la presión que ejerció para que no se eliminara la impunidad que le brinda el artículo 108 de la Constitución. Bajo esta decimonónica disposición el Presidente solo puede ser juzgado por  traición a la patria y delitos graves del orden común. Hubiera sido trascendental en la promulgación de la reforma que anunciara que a partir de la entrada en vigor también lo podría ser por cohecho, tráfico de influencias, ejercicio abusivo de funciones y conflicto de interés.

México transitará a un pleno Estado de Derecho cuando nadie esté por encima de la Constitución, pero tampoco por debajo de ella.

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