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* Insatisfactorias leyes para combatir la corrupción en México
* Dentro de un año habrá Ley General de Seguridad Pública
* Duplicidad en entrega de recursos para combatir la pobreza



Lunes 20 de junio de 2016

Salieron las leyes secundarias anticorrupción a modo del gobierno, donde si bien metieron a los empresarios como sujetos obligados a presentar sus tres declaraciones, es cierto que estas no serán públicas para que los ciudadanos conozcamos no solo el patrimonio de los funcionarios de los tres niveles de gobierno, sino también de los empresarios que se han enriquecido al amparo del poder a cambio de dádivas como Casa Blanca a gobernantes.

Los artículos 29 y 32 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, mejor conocida como 3de3, no recoge en su totalidad la demanda de los ciudadanos para combatir la corrupción, haciendo obligatorio el que las declaraciones sean públicas, sino potestativas a cada uno de los actores, si quieren, lo podrán hacer, si no, usando la ley de datos personales, lo evadirán. Habrá cosas públicas dentro de lo autorizado por la ley, sino no.

Aprobadas las leyes, el PRD solicitará la inconstitucionalidad de ellas, en tanto que los legisladores del gobierno y sus aliados aplaudieron su aprobación, al igual que la derecha que, aunque considera que hay que corregirla, la da como un paso adelante en el combate de la corrupción en México.
No cabe duda que debemos ser los ciudadanos quienes impulsemos los cambios que necesita el país, ya que el sistema de partidos deja mucho que desear, al estar sujeto a los acuerdos en el poder, los que posibilitan o no, avances o retrocesos de la sociedad.

Por eso, es que algunos afirman que la aprobación de las leyes en los términos en que se realizaron, fue una burla del PRI-PVEM a los ciudadanos que demandaron mayor transparencia en México.
La sociedad es la debe evaluar los avances o retrocesos que en el combate a la corrupción se tengan a partir de estas leyes, donde como la vox populi lo demanda, debe terminarse el fuero de los servidores públicos electos o designados, de todos los niveles de gobierno, una fiscalía autónoma en verdad que no actúe de acuerdo al color del gobierno ni politice la acción de la justicia, así como que los funcionarios cumplan con requisitos de probidad, honestidad, experiencia y conocimiento del cargo que ostenten.

Porque luego resulta que quienes son sorprendidos con irregularidades en un sector, simplemente lo acomodan en otro, o bien forman parte de grupos enquistados en ciertas áreas, que los gobernantes no pueden mover por el control de información gubernamental que tienen. Un ejemplo es la Seguridad Pública que quieren dejar en manos de un solo mando, es como poner la Iglesia en manos de Lutero, decían los clérigos. Solo basta ver quiénes están, desde cuándo están, cuántos gobernantes han pasado y siguen ahí.

El combate a la corrupción debe ser integral y tocar a todos los que de una u otra forma la promueven, la implementan y la mantienen.

MANDO POLICIAL MIXTO

Los gobernadores de los estados podrán asumir temporalmente el mando de las instituciones policiacas de los municipios en casos de fuerza mayor, alteración grave del orden público y las demás que determine la ley general en la materia, hasta en tanto el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública determinará lo conducente conforme a esta Constitución, señala la reforma aprobada por El Senado.

Dispone que los municipios tengan a su cargo una “Policía de proximidad y tránsito”, con competencia para la aplicación de los bandos de policía y gobierno, e imposición de sanciones por infracciones administrativas, en el marco de lo dispuesto por el artículo 21 constitucional.
El dictamen precisa que la seguridad pública también es una función a cargo del Estado, que tiene como finalidad salvaguardar la integridad y derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos, de conformidad con lo previsto en la Carta Magna y la ley general en la materia.

Plantea que el Sistema Nacional de Seguridad Pública estará sujeto a una regulación para el reclutamiento, la selección, el ingreso, la remuneración mínima, la formación inicial, continua y de mandos, la permanencia, la rotación, la evaluación, el reconocimiento, la certificación de habilidades, los estímulos y recompensas, así como el régimen disciplinario de los integrantes de las instituciones de seguridad pública.

Lo anterior, de conformidad con lo previsto en la ley general de la materia, que establecerá un sistema nacional de carrera, basado en el desarrollo policial y las prestaciones complementarias de seguridad social.

Además, la actuación de las instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno con base en los criterios de coordinación que establezca la ley general de la materia, que también preverá los casos de excepción en que las instituciones policiales de las entidades federativas actuarán bajo el mando de las federales y en las que las municipales lo harán bajo el mando de las estatales o federales, con el propósito de asegurar la eficacia de la función policial y los fines de la seguridad pública.

Los hechos de sangre que ocurren en todo el país y en particular en el Estado de México, demandan desde ya, que en verdad se garantice la seguridad de las vidas y patrimonios de todos los mexicanos. ¿Será que ahora sí cumplirá el Estado con su responsabilidad? Porque el Congreso tiene 12 meses para decretar el reglamento del artículo 21 constitucional, que será la ley General de Seguridad Pública. Mientras tanto, que su santo lo proteja, ore, encomiéndese a su protector o ¿seguirá la justicia por propia mano?

NO LLEGAN RECURSOS

Las Áreas Geoestadísticas Básicas (AGEBs) para medir la pobreza no cuentan con reglas fijas y claras, lo que genera confusión e incertidumbre territorial, así como dificultad para elaborar planes a largo plazo, señaló el presidente de la Comisión de Fortalecimiento al Federalismo, Juan Pablo Piña Kurczyn.

Actualmente, dijo, hay dos formas de medir la pobreza: a través de las Zonas de Atención Prioritarias y las AGEBs, lo que produce “incongruencias y limitaciones que imposibilitan a los municipios ejercer los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y, por ende, tienen observaciones de la Auditoría Superior de la Federación (ASF)”.

De los 2 mil 80 municipios que disponen con una Zona de Atención Prioritaria, existen al menos 994 que también cuentan con Áreas Geoestadísticas Básicas, es decir, “hay una duplicidad en la geografía de la pobreza por este problema”, denunció.

Indicó que entre 2013 y 2014 disminuyeron 4 mil 735 AGEBs, situación que afectó a 204 municipios mayores a cien mil habitantes. Además, existen 354 ayuntamientos sin clasificación de pobreza; no obstante, “reciben dinero del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal”.

Por ello, dicha instancia legislativa aprobó una opinión favorable a la iniciativa que modifica las leyes General de Desarrollo Social y de Coordinación Fiscal, para establecer reglas claras y sencillas que se traduzcan en una mejor distribución de los recursos federales a aquellos municipios del país que más lo necesitan.



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