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“(…) el próximo Constituyente tiene la enorme responsabilidad de empatar lo mejor posible la nueva ley local con las leyes federales, (…) donde lo único cierto es que pronto las hoy delegaciones políticas del Distrito federal, pasarán a formar parte de los más de 2 mil 500 municipios existentes en nuestro país (…).”


Bellas Artes, en un día citadino
Jueves 30 de abril de 2015

Ciudad de México. 29 abril 2015. La madrugada de este miércoles el Senado aprobó la Reforma Política en el Distrito Federal, aprobación que ahora será enviada a la Cámara de Diputados, donde se discutirá y aprobará seguramente, dando paso en los próximos meses a la creación de un Congreso Constituyente, que a su vez se encargara de redactar una Constitución local de la Ciudad de México, documento fundamental que sustituirá al disfuncional actual Estatuto de Gobierno de DF.

Permanentemente ha existido una larga y compleja discusión sobre el tema, unos a favor, otros en contra y otros creen que ni les va ni les viene, lo que es cierto y está documentado históricamente, es que personajes Constituyentes como los de Apatzingan-1814, los de 1824, de 1857, y también los de 1917, tuvieron la necesidad de asentar los poderes federales mexicanos en un lugar determinado, lo que motivó desde entonces acalorados debates, que fueron tomando forma a partir de la creación de un territorio al que primero se denominó Distrito Federal, luego transformado en municipalidades, y en 1928 nuevamente trasformado en Distrito Federal por el presidente tamaulipeco Emilio Portes Gil (a propuesta original de Álvaro Obregón).

Es importante recordar que en ese trayecto de tiempo hubo distintos e importantes Constituyentes que propusieron también a la Ciudad de Querétaro como sede de los poderes federales, oponiéndose a que ese asiento fuera el Distrito Federal, creado por cierto a partir de la partición del territorio del Estado de México. No perder de vista que desde antes de la invasión hispana, México Tenochtitlan fue sede de un poderío geográficamente mucho más grande incluso de lo hoy es México como nación.

2015-2018 

Con evidente intención de adornarse, algunas personas dicen que este esfuerzo inicio hace 15 años, eso no es muy preciso, pues cuando menos esa demanda la venia haciendo la izquierda mexicana mínimo hace 30 años; es cierto que quizá la petición y esfuerzo tomó nuevos impulsos a partir dela año 2000.

Lo que es un hecho, es que los cambios jurídicos han iniciado, y en la práctica será a partir del 2018 cuando nuestra querida Ciudad de México consolide la etapa de cambios iniciados a partir de 1997, esperando seguir construyendo el futuro con mucha mayor libertad y progreso real para todos, dentro del respeto y tolerancia a la diversidad de pensamiento, posición económica, social e ideológica.

Senado de la República
En lo general se desconoce las implicaciones y alcances de esta Reforma Política en el Distrito Federal, pero para quienes hemos tenido el privilegio de haber vivido en provincia, el sistema de gobierno municipalista parece el más apropiado, considerando que la actual Asamblea del DF, pasa a ser un verdadero Congreso local; que tendremos una Constitución local de la Ciudad de México, y no un vetusto Estatuto de Gobierno; las actuales delegaciones se convertirán en municipios, funcionando como órganos más plurales y horizontales de gobierno (con número de Síndicos y regidores proporcional a los habitantes de cada municipio), y más abajo, en las colonias y barrios seguramente se transformará la viciada figura de los actuales Comités Ciudadanos, que salvo excepciones, en su mayoría hasta ahora han respondido a un solo hombre: el jefazo delegacional e turno, en perjuicio de las comunidades.

Consagrado a partir del Artículo 115 constitucional, la figura del Municipio, nuestra futura autoridad inmediata, respeta y diversifica nuestros derechos ciudadanos, pero también nuestras obligaciones específicas; en cierta forma todo está por replantearse, desde la propia recaudación de impuestos (algunos de ellos de estricto beneficio y aplicación directa local); las atribuciones y responsabilidades de los cuerpos policiacos municipales, diferenciados de los centrales; la procuración de justicia; las vialidades; la ejecución y su vigilancia de obras públicas y privadas; la urgente, transparente y sensible planeación del ejercicio presupuestal local; el combate sin adjetivos a la corrupción; el plebiscito y revocación del mandato; la reelección en cargos públicos de elección; la dotación de servicios públicos; la prevención como herramienta insoslayable contra la violencia y adicciones; y muchas otras.

Podemos ser optimistas, todo está por hacerse, por lo que el próximo Constituyente tiene la enorme responsabilidad de empatar lo mejor posible la nueva ley local con las leyes federales, en un complejo y cambiante ambiente político (electoral), donde lo único cierto es que pronto las hoy delegaciones políticas del Distrito federal, pasarán a formar parte de los más de 2 mil 500 municipios existentes en nuestro país, y la renovada Ciudad de México continuará siendo sede de los tres poderes de la Nación, todo, a partir del 2018.

Referencia consultada. EL DISTRITO FEDERAL MEXICANO. BREVE HISTORIA CONSTITUCIONAL /Salomón Díaz Alfaro

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