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A cuatro años de que se cumpla la emisión de la Alerta de Género para el Estado de México, el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio presenta el siguiente “Dictamen realizado ante la ausencia de un mecanismo de seguimiento oficial a la implementación de las recomendaciones realizadas por el Gobierno Federal a los gobiernos estatal y municipal de la entidad.”, evaluación publicada en la Gaceta semanal de la Red TDT (Red Todos los Derechos para Todas y Todos), y que a continuación se reproduce íntegro. (NdeR). 
 
ARCHIVO.
Publicado en 15 julio, 2019

El peregrinar de la violencia feminicida en el EDOMEX 


Ciudad de México a 12 de julio de 2019.

A 4 años de la 1er Declaratoria de AVG en México: la omisión, falta de continuidad y no concebir a la violencia contra las mujeres como un tema prioritario, merman la posibilidad de construir nuevas realidades para las mexiquenses.

En 2007 la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV) creó el Mecanismo de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) como una respuesta temporal para ubicar territorios y marcos legales que violentan y discriminan a las mujeres, y de esta manera evitar una mayor descomposición del tejido social que impidiera reconstruirlo, teniendo como ejemplo Ciudad Juárez.

A la fecha hay elementos de la exposición de motivos de dicha ley que siguen siendo vigentes, incluso podemos hablar de que la violencia feminicida es hoy un problema generalizado a nivel nacional, por lo que este mecanismo debe de generar acciones que disminuyan la violencia de género de manera pronta y eficaz. 



A 12 años de la promulgación de la ley y a partir del Dictamen Ciudadano del Estado de México que hoy presentamos, podemos decir que la Alerta de Género es una de las políticas públicas, NO la respuesta única que combata a la problemática de violencia generalizada contra las mujeres que enfrentamos en México.

El Mecanismo de la Alerta de Violencia de Género nos ha servido para atender los vacíos, obstáculos y resistencias de las autoridades en la prevención, atención y sanción de la violencia contra las mujeres. 

Es un elemento fiscalizador y una herramienta correctiva de las políticas públicas y los marcos legales que discriminan, revictimizan y no protegen ni garantizan una vida libre de violencia para las mujeres y niñas.

Este mecanismo ha visibilizado la existencia de una realidad sistemática. Nos ha permitido entender los contextos y necesidades específicas, decretando acciones desde el Gobierno Federal que deben ser atendidas e implementadas por los gobiernos estatales y municipales. 

La Alerta de Género ha obligado a las autoridades de todos los niveles a poner en su agenda la atención urgente y necesaria que flagela al 50% de la población nacional y que impide el desarrollo libre, seguro, sano y democrático de nuestras sociedades.

Solicitud de AVGM para el EDOMEX

El 8 de diciembre de 2010 el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF) y la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH) solicitamos la Declaratoria de AVGM para el Estado de México debido a la prevalencia de los altos índices de asesinatos de mujeres en el estado, sin embargo en 2011 fue rechazada por el Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia, el cual la desechó sin haber hecho una investigación que sustentara su negativa.

Fue hasta el 31 de julio de 2015 -tras un juicio de amparo- que finalmente es reconocida y declarada por parte de la Secretaría de Gobernación (SEGOB).

EDOMEX primera entidad con AVGM

El estado de México se convirtió en la primera entidad con declaratoria de Alerta de Violencia de Género dictándole 18 medidas y 50 acciones enmarcadas en tres ejes: seguridad, prevención y justicia, con el objetivo de buscar garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia en 11 municipios del estado: Chalco, Chimalhuacán, Cuautitlán Izcalli, Ecatepec, Ixtapaluca, Naucalpan de Juárez, Nezahualcóyotl, Tlalnepantla de Baz, Toluca, Tultitlán y Valle de Chalco Solidaridad.

ARCHIVO.

Partir desde cero: proceso para la implementación de la 1ra. AVG en México 

De inicio no había una claridad de cómo se iban a implementar dichas recomendaciones. El proceso demostró inicialmente que estábamos partiendo desde cero, lo que hacía necesario generar nuevas herramientas y capacidades para coordinarse y lograr proteger y garantizar la vida y seguridad de las mujeres.

En el marco del próximo 31 de julio de 2019, fecha en la que se cumplirán cuatro años de la emisión de la Alerta de Género para el EDOMEX presentamos el Dictamen realizado ante la ausencia de un mecanismo de seguimiento oficial a la implementación de las recomendaciones realizadas por el Gobierno Federal a los gobiernos estatal y municipal de la entidad.

El análisis fue realizado en base a la revisión profunda y contraste de protocolos, documentos, informes y evidencias presentadas por autoridades municipales y estatales, enriquecida con entrevistas a funcionarias/os clave y luego de testimonios de familiares de víctimas de violencia feminicida, como herramienta y evaluación de las prácticas institucionales, atención de las autoridades y del proceso hacia la búsqueda de acceso a la justicia. 

Resultados del Informe 

  • Lo que evidencia el informe es la negativa de las autoridades de abordar la violencia feminicida como una problemática sistémica, reduciéndola a situaciones aisladas.
  • Este enfoque impide tener una mirada integral y estratégica que obstaculiza atender la problemática de acuerdo a las necesidades reales y de manera coordinada entre los tres niveles de gobierno: Federal, Estatal y Municipal. Así como desde los Poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
  • El Dictamen refleja la ausencia de coordinación y corresponsabilidad de las instancias involucradas para atender la violencia feminicida.
  • Las recomendaciones de seguridad, prevención y justicia se volvieron solo un catálogo de acciones limitadas en comparación al contexto grave que se vive en el estado; más aún cuando dichas acciones no se concatenaron para responder de manera integral a dicha problemática.
  • Existieron avances y se crearon varias herramientas como la Unidad de Análisis y Contexto, la Policía de Género, las Células de Búsqueda inmediata, la ubicación de zonas de riesgo, campañas de difusión, entre otras que, si bien significaron un avance, la ausencia de un mecanismo de monitoreo y evaluación por parte del Gobierno Federal impidió su eficaz implementación.
  • Las medidas son muy cortas y lejanas a la realidad de la violencia feminicida, aunado a una incapacidad de los gobiernos para romper con las inercias de seguir reproduciendo las prácticas que generan la violencia institucional.
  • Hay una resistencia de las autoridades para atender de manera adecuada la problemática. A pesar de que se construyen o impulsan acciones, una vez realizadas se continúan reproduciendo al interior los mismos patrones, de omisión, negligencia, corrupción e impunidad, lo que evidencia que lo que se requiere es un cambio de fondo en la mentalidad de las autoridades que se refleje en visión institucional, la cual se logrará únicamente si se obliga a que los gobiernos rindan cuentas y/o sean sancionados por sus acciones u omisiones.
  • El Dictamen revela todos los esfuerzos que se hicieron, pero también el abandono de las medidas de un gobierno a otro, tanto a nivel estatal como municipal pero también debido a la falta del mecanismo de seguimiento oficial a nivel federal. Es decir, se generaron las bases que si se refuerzan e impulsan pueden contribuir de manera inmediata y considerable a reducir los impactos de la violencia feminicida y a prevenir que otras mujeres y niñas sean víctimas de esta vorágine. 

Recomendaciones

En ese sentido, como defensoras de los derechos de las mujeres e integrantes de 43 diversas organizaciones de la sociedad civil, ubicadas en 23 estados de la República, hacemos las siguientes recomendaciones a los gobiernos Federal, Estatal y Municipal para que el Mecanismo de Alerta de Violencia de Género sea una herramienta eficaz que pueda salvar y no acabar y revictimizar la vida de las mujeres y niñas no solo en el EDOMEX sino a nivel nacional.

  • La implementación de la AVGM requiere como principio rector la elaboración de un plan integral que permita que las acciones que se llevan a cabo, respondan de manera estratégica a la problemática compleja que es la violencia de feminicida en el Estado de México, abordada necesariamente, desde la concepción de violencia estructural. 
  • Debe existir un mecanismo de seguimiento específico que permita monitorear, evaluar y dictaminar claramente el avance en la implementación e impacto de las medidas de manera permanente y periódica, a partir de criterios e indicadores obligatorios y rigurosos.
  • Es importante generar mecanismos en los cuales las instituciones estatales y municipales responsables rindan informes certeros de las acciones implementadas, su funcionalidad y sobre todo su impacto en la realidad de la entidad, para poder ser monitoreados a través de las instituciones federales, pero también de las organizaciones de la sociedad civil, y puedan ser constatados por la población en general. 
  • La federación debe de coordinar -de acuerdo a la competencia de cada una de las instancias- los esfuerzos que éstas realizan en el cumplimiento e implementación de las acciones en las que están involucradas. Por ejemplo: En las medidas de seguridad la coordinación debe ser necesariamente, entre las instancias federales, estatales y municipales. Sin embargo, hay que identificar que en ciertas acciones no es necesario que intervenga la federación, lo que no le exime de dar seguimiento al cumplimiento de dichas acciones.
  • Es necesario que el trabajo entre los tres poderes de los diferentes niveles de gobierno, sea una acción conjunta, permanente coordinada y corresponsable, en donde la implementación se retroalimente y permita crear una red de acompañamiento al estado y municipios alertados.
  • Si bien es importante que el funcionariado público en general esté capacitado en temas relacionados a género, resulta imprescindible que quienes desempeñan un puesto clave y de alta responsabilidad en la toma de decisiones e implementación de acciones, estén ampliamente cualificados para poder incorporar efectivamente la perspectiva de género, así como vigilar que ésta sea una constante dentro de las instituciones que representan. 
  • El EDOMEX debe tomar en cuenta las recomendaciones elaboradas en julio de 2018 por el Comité para la Eliminación de la Discriminación Contra la Mujer (Comité CEDAW)así como las realizadas en noviembre de 2018 en el marco del Examen Periódico Universal (EPU) distinguiendo las acciones puntuales de las permanentes.
  • Es necesario incorporar una visión interseccional en la AVGM que permita la inclusión de mujeres con discapacidades, mujeres indígenas, trabajadoras sexuales, transexuales, lesbianas, migrantes, etc. 
  • El acompañamiento y protección a víctimas y a familiares, así como a las organizaciones que les acompañamos en su proceso de búsqueda de justicia es fundamental
  • Definir estrategias específicas contra la trata y desaparición de niñas, adolescentes y mujeres en el territorio mexiquense.
  • Es imprescindible elaborar una estrategia metodológica que permita establecer claramente los mecanismos de monitoreo, evaluación, indicadores y reporte de avances para saber qué se tiene que perfeccionar, qué se debe dejar de hacer y qué prácticas deben continuar y fortalecerse.
A cuatro años de la emisión de la primera Alerta de Género y frente a un contexto donde el 56% del territorio nacional se encuentra formalmente declarado bajo Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres por la Secretaría de Gobernación, sirva este dictamen como una acción urgente y necesaria para las 19 declaratorias que hay en el país y como una buena práctica de rendición de cuentas y transparencia que contribuya a que el derecho de las mujeres a una Vida Libre de Violencia sea garantizado a cabalidad y considerado como una prioridad de Estado.

Atentamente, Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF).

Ra.

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