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Se cumplen las reformas al artículo 153 del Bando Municipal del pasado 27 de noviembre: alcaldía

Oficiales de Tránsito Municipal acudieron a las calles Emilio Carranza e Ignacio Allende para retirar obstáculos como botes llenos de cemento, cajas de madera, llantas, sillas y tambos de señalamiento, principalmente, que obstaculizan el libre estacionamiento. Fotos CSE.
Red-acciones 
Sábado 3 de enero de 2026

Ecatepec, Edomex. A fin de liberar calles y avenidas de obstáculos que impiden el libre estacionamiento de vehículos, policías de Tránsito Municipal retiraron bienes mostrencos en San Cristóbal Centro.

Los oficiales acudieron a las calles (Emilio) Carranza e Ignacio Allende para retirar obstáculos, como botes llenos de cemento, cajas de madera, llantas, sillas y tambos de señalamiento, principalmente, que obstaculizaban el libre estacionamiento.


Dicha acción se realizó para cumplir con el artículo 153 del Bando Municipal, que fue modificado durante la trigésima sesión ordinaria de Cabildo, celebrada el pasado 27 de noviembre.

Las y los integrantes del ayuntamiento aprobaron adicionar a dicho artículo las fracciones XII, XIII, XIV y XV, y quinto párrafo que quedó en los siguientes términos:


Artículo 153. Son infracciones contra la seguridad ciudadana:

XII. Obstruir con cualquier objeto lugares de estacionamiento en la vía y espacio público;

XIII. Obstaculizar o impedir de cualquier manera el uso y goce de la vía y espacio público para estacionarse;

XIV. Solicitar o exigir de cualquier forma a una persona la obtención de un pago por vigilar, estacionar o cuidar, lavar o asear vehículos, en la vía y espacio público; y

XV. Aprovecharse indebidamente de la vía y el espacio público para obtener un beneficio.


Hay que mencionar que para el caso de las fracciones XII, XIII, XIV y XV se aplicará una multa de 40 a 60 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) o de 24 a 36 horas de arresto; en caso de reincidencia, la persona juzgadora impondrá la sanción máxima de 36 horas de arresto. ©

Ra

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